¿Cómo obtener residencia permanente por motivo de inversión inmobiliaria en Panamá?

Mediante Decreto Ejecutivo No. 722 de 15 de octubre de 2020, se creó el Permiso de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado por razón de inversión inmobiliaria en Panamá (con extensión hasta octubre de 2024).

Este permiso de residente permanente por razones de solvencia económica por inversión de bienes inmuebles, el mismo aplica a todo extranjero que invierta la suma mínima de $300,000 dólares en bienes inmuebles y demuestre que los fondos provienen del extranjero, de acuerdo con el Servicio Nacional de Migración (SNM).

En el caso del permiso de residente permanente por razones de solvencia económica por apertura de depósito a plazo fijo. Este permiso aplica a todo extranjero que invierta la suma mínima de $300,000 dólares en bienes de depósito a plazo fijo y que demuestre que los fondos provienen del extranjero.

En ambos casos este permiso será por término de dos años, luego de transcurrido este período el solicitante podrá optar por la residencia permanente. Si desea incluir dependientes debe agregar a la inversión efectuada la suma  de $1,000 dólares por cada dependiente, la cual se justifica por referencia bancaria local.

¿Cuáles son los requisitos? 

El Ministerio de Comercios e Industrias (MICI), desde la Dirección Nacional para la Promoción de las Inversiones señala en un comunicado que los requisitos por razón de inversión inmobiliaria consiste en presentar una certificación del Registro Público de Panamá que acredite la titularidad, una certificación de la Autoridad Nacional de Titulación de Tierras que acredite el valor del bien inmueble.

Por razón de inversión inmobiliaria mediante un contrato de promesa de compraventa se requiere una copia autenticada del contrato de promesa de compraventa del/los bien (es) inmueble (s) debidamente inscrito en el Registro Público. A su vez aportar el documento original o copia autenticada del contrato de fideicomiso en el cual deberá establecerse que la totalidad de la suma dada en fideicomiso se desembolsará en pagos parciales relacionados con el pago de las obligaciones que asumen el fideicomitente con motivo de la promesa de compraventa celebrada con la empresa inmobiliaria.

En el caso de  razón de inversiones realizadas a través de una Casa de Valores con licencia aprobada por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá se necesita una certificación emitida por la Casa de Valores con licencia aprobada por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá, en donde conste el nombre del inversionista, monto de la inversión, el detalle de los títulos valores que mantiene, así como la entidad que custodia los títulos. También, una copia autenticada de la resolución que concede a la entidad, licencia de Casa de Valores emitida por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá, donde se mantiene la cuenta de inversión del solicitante. Además de una certificación emitida por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá con relación al registro de los títulos valores correspondientes a dicha inversión.

Por razón de inversión en depósito a plazo fijo en el sector bancario se requiere una copia autenticada por el banco emisor del certificado de depósito a plazo fijo, indicando su titular, el valor y el plazo del documento; certificación del banco que haga constar la existencia del depósito, su titular, el valor, el plazo, que el mismo se encuentra libre de gravámenes y que los fondos provienen de fuente extranjera.

Y para la prueba que los fondos utilizados para la inversión provienen del extranjero se requiere una carta de un banco en el extranjero o local, que certifique el envío de fondos. Si el documento es emitido en el extranjero debe estar legalizado por el consulado panameño o por medio de apostilla. En ese sentido, se debe adjuntar el estado de cuenta del banco extranjero, debidamente sellado y legalizado, una carta notariada emitida por el receptor de los fondos, certificación bancaria original que confirme el depósito o transferencia y que los fondos provienen de fuente extranjera.

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